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Modalidades de financiamiento

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Créditos para inversiones: se otorgan en moneda nacional a Agricultores individuales o usufructuarios en las modalidades de crédito simple (una sola entrega) o línea de crédito (varias entregas) con plazos entre 3 y 10 años.

Fines del financiamiento:

  • Fomento, renovación o sellaje de cultivos permanentes (excepto forestales). Plazo máximo entre 4 y 10 años, según el cultivo.
  • Plantaciones forestales. Plazo máximo entre 3 y 7 años.
  • Acondicionamiento de terrenos. Plazo máximo 5 años.
  • Adquisición de maquinarias, equipos, medios y animales de trabajo. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Construcción de secaderos, casas de curado, kalfrisas, cercas y otras construcciones rurales. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Adquisición de ganado para pie de cría y leche. Plazo máximo entre 5 y 10 años.
  • Reparaciones capitales de activos fijos tangibles. Plazo máximo entre 5 y 10 años.

Requisitos:

  • Inscripción en el registro estatal según forma de producción.
  • Certificación de tenencia legal de tierra.
  • Póliza de seguro o solicitud de la misma.
  • Operar cuenta bancaria en la sucursal de la solicitud.
  • Nombramiento y firma de las personas autorizadas a contraer y pagar deudas (si lo requiere el caso).

Garantías:

  • Seguros agropecuarios
  • Fiadores solidarios
  • Pignoración de cuentas
  • Prendas de bienes (joyas)
  • Vehículos de motor
  • Ganado mayor
  • Tractores y cosechadoras
  • Hipotecas de bienes muebles (viviendas de veraneo y solares yermos)

Créditos para capital de trabajo: se otorgarán en moneda nacional a Agricultores individuales y usufructuarios en las modalidades de crédito simple (una sola entrega) o línea de crédito (varias entregas) por un plazo máximo de 18 meses.

Fines del financiamiento:

  • Producción de cultivos temporales (ciclo productivo menor de 18 meses).
  • Plantaciones permanentes (ciclo productivo mayor de 18 meses).
  • Producción pecuaria.
  • Autoconsumo.
  • Producción de posturas.
  • Cultivos protegidos, semiprotegidos, organopónicos y huertos intensivos.
  • Gastos de comercialización.
  • Beneficios a producciones seleccionadas.
  • Producción de hortalizas y condimentos frescos.

Requisitos:

  • Inscripción en el registro estatal según forma de producción.
  • Certificación de tenencia legal de tierra.
  • Póliza de seguro o solicitud de la misma.
  • Operar cuenta bancaria en la sucursal de la solicitud.
  • Nombramiento y firma de las personas autorizadas a contraer y pagar deudas (si lo requiere el caso).

Garantías:

  • Seguros agropecuarios
  • Fiadores solidarios
  • Pignoración de cuentas
  • Prendas de bienes (joyas)
  • Vehículos de motor
  • Ganado mayor
  • Tractores y cosechadoras
  • Hipotecas de bienes muebles (viviendas de veraneo y solares yermos)

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