Transformar la labor del trabajador social en la comunidad, es la prioridad a partir de perfeccionar el alcance de su gestión, las prioridades en la atención a las personas y los vínculos con los factores de la comunidad.
Implementar la política para el perfeccionamiento de la atención a las personas sustentados en la Ley 105 y el Decreto 25
La máxima dirección del país nos ha llamado a actuar con inteligencia, capacidad de análisis en aras de buscar solución a cada problema. Sin lugar a dudas si llegamos a interiorizar estas leyes, decretos y normas estaremos logrando un mejor bienestar para el pueblo en la solución de las problemáticas existentes en los núcleos, a lo que añadimos saber escuchar, interactuar todo tipo de información para su conocimiento y puesta en práctica en las familias con situaciones parecidas, obteniendo una buena cultura jurídica y así esclareciendo preocupaciones y soluciones que dependen de nuestras familias y no propias del Estado, para ello interactuamos hoy sobre el Decreto 25, modificativo del Decreto 283 Reglamento de la Ley de Seguridad Social, en el:
Título III Régimen de Asistencia Social Capítulo I
Artículo 248: A los fines del régimen de Asistencia Social se entiende por núcleo familiar a una o más personas que residen en un mismo domicilio y existe entre ellas, además de la relación familiar, de afinidad o de convivencia, la participación común en la economía del núcleo.
Artículo 249.1 La necesidad de protección se determina cuando se demuestra la insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, el pago de los servicios básicos; la carencia de familiares obligados en condiciones de prestar ayuda y la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen.
2. Para determinar la insuficiencia de ingresos se realiza la evaluación de la solvencia económica, según los procedimientos establecidos en la legislación específica..
Artículo 250. A los efectos de determinar los familiares obligados, se consideran a los ascendientes, descendientes, hermanos y cónyuges; según lo dispuesto en el Código de las Familias.
No existe mejor manera de espandir el conocimiento para un mejor beneficio, con el ejercicio participativo en este Portal.
Transformar la labor del trabajador social en la comunidad, es la prioridad a partir de perfeccionar el alcance de su gestión, las prioridades en la atención a las personas y los vínculos con los factores de la comunidad.
Implementar la política para el perfeccionamiento de la atención a las personas sustentados en la Ley 105 y el Decreto 25
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