Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Modalidades de ahorro

Ratio: 5 / 5

Inicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio activado
 
Valoración:
( 1 Rating )
Pin It

Cuentas corrientes: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia podrán abrir cuentas corrientes en pesos cubanos y en pesos convertibles en cualquier sucursal de BANDEC.

Las cuentas podrán ser:

  • Individual (un solo titular que operará a través de chequera)
  • Solidaria o indistinta ( dos o más titulares que pueden operar independientemente a través de chequera)
  • Mancomunada o conjunta (dos o más titulares que pueden depositar independientemente, pero requieren del conjunto para realizar extracciones, se operará mediante órdenes de pago)

Depósito inicial: 200.00 (CUP) o en su defecto 50.00 (CUC)

Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias o efectivo.

Documentos a presentar para su apertura:

  • Carné de identidad del o de los titulares.
  • Documento emitido que autoriza el ejercicio del trabajo por cuenta propia y a otras formas de gestión no estatal.
  • Carné expedido por la ONAT con el número de identificación tributaria.

Cuentas Corrientes Fiscales: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia, si se encuentran comprendidos entre las actividades que obliga el DL (servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de vivienda, habitaciones y espacios y servicios de construcción; reparación y mantenimiento de inmuebles) deben designar una de sus cuentas o abrir una en caso que no cuente con ninguna, como cuenta fiscal.

Depósito inicial: saldo cero, en CUP, teniendo un plazo de hasta 90 días naturales para cubrir el saldo mínimo, de dos (2) cuotas, exigido por la ONAT. En el caso de CUC se abrirá con un saldo mínimo de 50.00 CUC.

Documentos a presentar para la apertura:

  • Modelo de solicitud firmado por el titular.
  • Carné de identidad.
  • Licencia de la autoridad competente de acuerdo a la actividad que se realice.
  • Inscripción en el Registro de Contribuyentes.

Escribir un comentario

Para hacer un comentario recuerde:
1- Que no debe utilizar un lenguaje ofensivo.
2- Que debe ajustarse al tema del artículo.
La AMPP de Imías se reserva el derecho a no publicar los comentarios que incumplan las políticas anteriores.


Comentarios recientes:

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar